Nóminas y remuneraciones

¿Qué es la remuneración mixta?

Cuando decimos que un trabajador recibe una remuneración mixta, quizás no sepamos a ciencia cierta en qué consiste este sistema de pago que se usa en el país. Por consiguiente, acá te explicaremos de forma clara y sencilla este tipo de remuneración. Aspecto que está muy relacionado con las incidencias en nómina y la base […]

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Isabel García

HR Consultant

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18 de octubre, 2022

Cuando decimos que un trabajador recibe una remuneración mixta, quizás no sepamos a ciencia cierta en qué consiste este sistema de pago que se usa en el país.

Por consiguiente, acá te explicaremos de forma clara y sencilla este tipo de remuneración. Aspecto que está muy relacionado con las incidencias en nómina y la base de datos de empleados que manejas..

¿Qué se considera remuneración?

Antes de saber cómo define la Dirección del Trabajo al concepto de remuneración, recordemos que el contrato de trabajo supone la existencia ineludible de los siguientes elementos:

  • Una prestación de servicios por parte de un empleado.
  • Un vínculo de subordinación.
  • La dependencia del trabajador con relación a su empleador.
  • Y, el pago de una cantidad de dinero establecida por tales servicios. Lo anterior es lo que precisa la DT, con el nombre de remuneración o sueldo.

Tipos de remuneración

Consultamos el artículo 42 del Código del Trabajo, y allí se enumera y definen los cinco tipos de remuneraciones legales que existen en Chile:

Por lo tanto, definamos cada una de ellas.

1. El sueldo

Es definido como estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato de trabajo, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios.

2. Sobresueldo

El sobresueldo corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo. Recordemos que, de acuerdo al artículo 30 del Código del Trabajo, la jornada extraordinaria es la que excede del máximo legal, o de la pactada contractualmente, si fuese menor.

Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria. Deben liquidarse y pagarse junto con las remuneraciones ordinarias del respectivo período.

3. La comisión

Seguidamente, este tipo de remuneración corresponde al porcentaje sobre el precio de las ventas o compras o sobre el monto de otras operaciones que el empleador realiza con la colaboración del trabajador.

4. La participación

Siguiendo con la clasificación, la participación se puede definir como la proporción en las utilidades de un negocio determinado, o de una empresa, o solo de la de una o más secciones o sucursales de la misma.

5. La gratificación

Otra forma de pago que se puede combinar con la remuneración para convertirla en mixta, es la gratificación. La letra e) del artículo 42 del Código del Trabajo indica que:

«corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador».

También, el artículo 47 del referido Código, dice que los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro al término del año, tienen la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores.

De esta manera, el derecho a la gratificación nace de la ley y no del contrato y se genera desde el momento que terminado el ejercicio comercial de que se trate, el resultado contable al 31 de diciembre indique que el empleador ha obtenido utilidades líquidas en su giro.

¿Qué es la remuneración mixta? 

La remuneración mixta es aquella que incluye tanto una remuneración fija como una variable. Por ejemplo, recibe una remuneración mixta un empleado al que se le paga sueldo base y además comisiones todos los meses.

En Chile, la remuneración mixta es la que está conformada por un sueldo base mensual más remuneraciones variables, compuestas por comisiones o bonos de productividad; estos se devengan diariamente una vez alcanzada una determinada meta o un porcentaje de esta o un mínimo de producción.

La remuneración íntegra del pago vacacional

Por último, tenemos que la remuneración íntegra del pago del feriado legal, o vacaciones, será el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajados.

En el sistema de remuneración mixta, es decir: si el trabajador está remunerado con sueldo y estipendios variables, la remuneración íntegra estará constituida por la suma de aquel y el promedio de las restantes.

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