Dirección del trabajo
Permiso por paternidad en Chile de acuerdo a la Dirección de Trabajo
Te explicamos de manera sencilla, todo lo relacionado al permiso por paternidad en Chile y qué dice la Dirección del Trabajo al respecto.
Dirección del trabajo
Te explicamos de manera sencilla, todo lo relacionado al permiso por paternidad en Chile y qué dice la Dirección del Trabajo al respecto.
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Marcos Lopez
HR Consultant
27 de septiembre, 2021
El permiso por paternidad en Chile es un beneficio que alcanza a todos los trabajadores que se convierten en papás, y consiste en un periodo, irrenunciable y pagado, que pueden tomar después de nacimiento del hijo para acompañarlo en sus primeros días de vida antes de cumplir un mes.
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El artículo 195, inciso 2, del Código del Trabajo dicta las condiciones para que el padre se acoja a este derecho, mientras que el permiso obtenido por la adopción del menor, aparece en los artículos 19 y 24 de la Ley de Adopción N°. 19.620.
Los cinco días de permiso no se aumentan en caso de nacimientos o partos múltiples, quiere decir que el padre solo tendrá derecho a la cantidad de días reconocidos por ley. Tampoco tendrá un pago por una cifra mayor por el acontecimiento.
Así lo indica la Dirección del Trabajo en el dictamen 3827/103 del año 2005.
El trabajador debe solicitar el permiso por nacimiento de un hijo a su empleador o a quien lo represente; y estos no lo pueden condicionar o negar, pero sí exigirle que acredite el hecho, con el certificado de nacimiento que otorgue el Servicio de Registro Civil e Identificación.
La ley es clara y señala que los cinco días de permiso deberán tomarse dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento del hijo. Si el trabajador no lo toma y su contrato de trabajo termina durante ese período, no tiene derecho a que se le compense los días que se encontraban pendientes.
La madre puede traspasar semanas de su permiso posnatal al padre, en la última etapa de este periodo. Cuando el padre se tome este permiso, tendrá fuero por el doble del periodo de permiso y su subsidio será calculado con base en su remuneración (la del papá).
Se considera lo siguiente:
El padre debe dar aviso al empleador por carta certificada con al menos diez días de anticipación a fecha en que se hará uso del derecho, con copia a la Inspección del Trabajo y al empleador de la madre trabajadora.