Dirección del trabajo
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores de casa particular en Chile?
Los derechos de trabajadores de casa particular en Chile se establecen de acuerdo al Código de Trabajo y es obligación del empleador conocerlos.
Dirección del trabajo
Los derechos de trabajadores de casa particular en Chile se establecen de acuerdo al Código de Trabajo y es obligación del empleador conocerlos.
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Marcos Lopez
HR Consultant
11 de noviembre, 2021
En el país todos los trabajadores de casa particular, tienen los mismos derechos contemplados en el Código de Trabajo, pero al tratarse de una labor especial, el código los menciona en sus artículos 146 a 152; y establece una normativa que promueve mejoras en cuanto a las condiciones contractuales que deben garantizar los empleadores de servicio doméstico.
Tabla de contenidos
El Código de Trabajo en Chile define los trabajadores de casa particular son «las personas naturales que se dediquen en forma continua, a jornada completa o parcial, al servicio de una o más personas naturales o de una familia, en trabajos de aseo y asistencia propios o inherentes al hogar».
También son trabajadores con mismos derechos, las personas que realizan labores iguales o similares a las señaladas, pero en instituciones de beneficencia cuya finalidad sea atender a personas con necesidades especiales de protección o asistencia, proporcionándoles los beneficios propios de un hogar.
La normativa presenta las siguientes medidas legales:
Es deber y obligación del empleador registrar ante la Dirección del Trabajo (DT) lo pactado con su empleado en el contrato laboral.
Debe señalar:
El contrato de trabajo, una vez firmado, el empleador deberá registrarlo en su respectiva Inspección del Trabajo dentro de los 15 días siguientes, para someterlo a fiscalización, o su prefiere, en la página web de la Dirección del Trabajo (DT). Los contratos por renovación, también deben ser inscritos.
¿Pueden los trabajadores de casa particular cotizar?
Por supuesto que sí. El pago de las cotizaciones de acuerdo al Instituto de Previsión Social (IPS) se pueden declarar e incluso pagar a través de las siguientes páginas por internet, en cualquiera de las siguientes páginas:
En el estudio El mercado laboral del servicio doméstico en Chile, del año 2016 (https://acortar.link/kTF4jS), se nos brinda el siguiente panorama de este rubro: