Dirección del trabajo
¿Cómo puedo enviar la carta certificada para notificar un despido?
Te contamos qué indica la Dirección del Trabajo sobre la carta certificada para notificar un despido y qué debe hacer el trabajador al respecto.
Dirección del trabajo
Te contamos qué indica la Dirección del Trabajo sobre la carta certificada para notificar un despido y qué debe hacer el trabajador al respecto.
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Marcos Lopez
HR Consultant
10 de noviembre, 2021
La Dirección del Trabajo (DT) indica que la carta certificada la tienes que enviar por cualquier correo que tenga este servicio y no necesariamente por Correos de Chile, toda vez que lo importante es el envío de la carta y que el trabajador tenga conocimiento del despido.
Tabla de contenidos
Es importante que como empleador le notifiques, a través de una carta certificada, al trabajador sobre el despido como un medio que exige la ley. Este aviso permite que él conozca los hechos en que se funda el término de su contrato y el estado de pago de sus cotizaciones previsionales.
Debe contener lo siguiente:
Terminar la carta mencionando, otra vez, la causal legal que sustenta el despido.
¿Cuáles son los medios legales para despachar esta carta certificada?
El envío de la carta de despido se trata de una obligación de todo empleador y un derecho del trabajador que consiste en la comunicación que la ley exige para dar a conocer al trabajador el término de la relación laboral y puede realizarse de las siguientes maneras:
Todo lo anterior lo indica legalmente el dictamen 711/19 del 10.02.2019.
La carta certificada la puedes despachar inmediatamente que se comunica al trabajador que está despedido o dentro del plazo de tres días hábiles desde que se produce la decisión.
De lo contrario, si el empleador no cumple con los tiempos, esto sería un punto a favor del trabajador.
¿Cuándo se constata ante la Dirección del Trabajo?
La Dirección del Trabajo solo tendrá por cumplida la obligación de escrituración, en los siguientes casos, según aparece en su portal en internet.
Muchos empleados dudan acerca de si deben o no recibir la carta certificada y mas aún, firmar la copia de recibido porque piensan que con ello aceptan las causales de la terminación de la relación laboral. En ningún caso es así, tan solo se está aceptando que ha recibido la notificación.
Sería un error no recibirla por las siguientes razones: