Leyes laborales
Qué es la Ley TEA, sus beneficios y su relación con los RR.HH.
Te contamos qué es la Ley TEA y su importancia para el fomento de la inclusión laboral en Chile. ¿Cómo se debe gestionar desde Recursos Humanos?
Leyes laborales
Te contamos qué es la Ley TEA y su importancia para el fomento de la inclusión laboral en Chile. ¿Cómo se debe gestionar desde Recursos Humanos?
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Marcos Lopez
HR Consultant
12 de septiembre, 2023
La Ley TEA viene a suplir una regulación anhelada durante mucho tiempo por la sociedad chilena.
Debido a la amplitud de situaciones en que interactúan las personas con TEA es lógico que los RRHH deban involucrarse.
Además, la Ley TEA Chile provee beneficios para familiares, cuidadores y la sociedad en general. Según cifras de la OMS del año 2022, la cifra media es que 1 de cada 100 niños es autista.
Así que sigue leyendo para que conozcas los detalles de esta nueva ley para personas con trastornos del espectro autista y su relevancia en la inclusión laboral.
Tabla de contenidos
La Ley TEA, es un cuerpo normativo que “Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación.”
Fue publicada el 10 de marzo de 2023 y está signada como la N° 21545. La Ley TEA específicamente delimita lo que es el trastorno del espectro autista con estas características:
La Ley TEA también aclara que el espectro de dificultad puede ser amplio y varía en cada persona. Es decir,las características mencionadas pueden variar en intensidad y cantidad.
La Ley TEA dice que el autismo debe ser diagnosticado, calificado y certificado para llegar a considerarse una discapacidad. Y debe hacerse según la Ley 20422.
Esta se refiere a las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. En ese sentido, el trastorno del espectro autista puede variar en intensidad.
Para empezar, es conveniente aclarar lo que es inclusión laboral. Este término se refiere a la posibilidad de acceder a un empleo digno. Es decir, sin importar las características de género, orientación sexual, educación, discapacidad, o edad.
Sin embargo, no basta con el acceso. Es necesario además que las personas realmente reciban un trato justo y que se valoren sus características.
En este sentido, la Ley TEA plantea que las personas con trastorno del espectro autista reciban un trato inclusivo en el ámbitos sociales, laborales y educativos.
Así vemos que el art. 1 indica que resguarda los siguientes derechos:
Vemos que la Ley TEA establece que si una persona es contratada, los derechos que se mencionan deben ser garantizados.
De este modo vemos que la interacción comienza en el proceso de reclutamiento y contratación. En ese momento Recursos Humanos puede evaluar el cumplimiento de ofrecer igual oportunidad a los candidatos pre seleccionados.
Luego sigue con los procesos de formación, las evaluaciones de desempeño. Allí, RRHH vigila que no haya discriminación.
También están los manejos administrativos que se refieren a horarios, vacaciones, pago de sueldos, etc.
RRHH también vigila que los autistas obtengan los beneficios de la seguridad social que prevé la Ley TEA y 20422.
El art. 157 quáter del Código del Trabajo indica obligaciones para RRHH en las empresas que tengan 100 o más trabajadores.
Estas deben contar con personal de RRHH con conocimientos en materia que fomenten la inclusión laboral de personas discapacitadas. Y, según la Ley TEA, las personas con autismo forman parte del grupo de personas con discapacidad.
Por otro lado, el CT prevé que las empresas también deberán ejecutar programas de capacitación para otorgar herramientas de inclusión. Y esta actividad es ejecutada por RRHH.
Es el área de RRHH la que debe exigir la comprobación del diagnóstico de autismo según la Ley TEA.
Así también lo confirma el Código del Trabajo, al indicar que las personas con discapacidad deberán contar con la calificación y certificación. Estas están señaladas en el artículo 13 de la ley N° 20.422.
La ley TEA establece un régimen de asistencia en emergencias en su art. 25. Los padres, madres y tutores de autistas pueden acudir a emergencias escolares de sus hijos autistas en horario laboral.
Si lo hacen, ello no será considerado como salida intempestiva ni abandono de trabajo pautados en el art. 160 ord. 4 del CT.
Pero el trabajador debe dar aviso a la Inspección del Trabajo de que tiene un hijo o menor bajo tutela con autismo.
En fin, la Ley TEA es un instrumento clave para el avance de la inclusión en Chile. De ese modo, este colectivo podrá acceder a los mismos derechos que el resto de los trabajadores.
Y con ello, su inclusión en el control de las funcionalidades de un software como el de Sesame HR.