Gestión de turnos

¿Cómo calcular las horas extras en el turno 7×7?

Te contamos en qué consiste el sistema de turno 7x7. Cómo se deben gestionar los horarios de trabajo y la importancia del pago de horas extras.

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Isabel García

HR Consultant

software de gestión de turnos

24 de octubre, 2022

Acá encontrarás, qué pasa si, por ejemplo, si un minero u otro trabajador de faenas especiales, tiene que quedarse a trabajar horas extras. ¿Es legal?, ¿eso se puede hacer? y ¿cómo la empresa debe pagar ese tiempo adicional?

En el país, la aplicación bajo la modalidad de turno 7×7 (siete días trabajados por siete de descanso) comenzó a extenderse primero en la minería nacional a partir de 2013.

Por lo tanto, esta fórmula de jornada laboral se convirtió en una opción adicional a las ya existentes, como el esquema tradicional de 4×3 (cuatro días de trabajo y tres días de descanso).

¿Qué son las horas extras?

Las horas extras, o las horas extraordinarias como se les denomina en Chile, son las cantidades de tiempo adicionales que un trabajador realiza sobre su jornada laboral establecida en el contrato de trabajo.

«Se debe señalar que las disposiciones sobre jornada extraordinaria, apuntan a enfatizar la naturaleza temporal y transitoria de las mismas, excluyendo la posibilidad de laborar horas extraordinarias con carácter permanente».

www.dt.gob.cl

¿Qué es el turno 7×7?

Las principales jornadas de trabajo en minería son especiales. Sin embargo, también en este sector se usan jornadas ordinarias, pero en menor grado,

El turno 7×7 consiste, como ya lo dijimos, en 7 días de trabajo y 7 días libres.

¿Qué autoriza la Dirección del Trabajo sobre el turno 7×7?

Sin embargo, los criterios de la Dirección del Trabajo para regular el turno 7×7 en cuanto al desempeño son los siguientes:

  • Entenderse otorgada para faenas y puestos de trabajo específicos dentro del sector económico que la requiera.
  • Contemplar una jornada de trabajo promedio semanal máxima de 45 horas.
  • Considerar una jornada diaria de trabajo máxima de 12 horas.
  • Aceptar una procedencia restrictiva de horas extras.
  • Otorgar un descanso de colación dentro de la jornada.
  • Respetar las reglas generales en materia de descanso compensatorio por los días festivos trabajados.
  • Además, respetar una relación máxima entre días de trabajo y descanso.
  • Así como respetar el máximo de siete días continuos de trabajo.
  • También, agregar un descanso anual adicional.
  • Mirar el acuerdo de los trabajadores en los contratos colectivos.
  • Atender a las condiciones adecuadas de seguridad y salud en el trabajo.

Por otro lado, la normativa legal, hace hincapié en que no resulta aplicable a las resoluciones de sistemas excepcionales marco para sectores productivos completos.

¿Qué otros sectores implementan en el turno 7×7?

Igualmente, en el país previa autorización concedida por la Dirección del Trabajo, se permiten los turnos de siete días seguidos siempre y cuando:

  1. La faena se realiza dentro del radio urbano. Ejemplo: las clínicas.
  2. Aquellas actividades laborales que están ubicadas fuera del radio urbano. Por ejemplo, el típico caso de las empresas mineras.
  3. Y si se trata de puestos de trabajo de choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana de pasajeros, o si nos referimos a las funciones de guardias de seguridad o vigilantes privados.

¿Qué dice la ley sobre este sistema de turnos?

Por tanto, la ley es muy clara y señala que el promedio máximo de horas semanales de trabajo en el ciclo será de 45 horas y no se autorizarán jornadas que contemplen horas extraordinarias permanentes.

De conformidad al artículo 31 del Código del Trabajo, las horas extraordinarias podrán pactarse en aquellas faenas que por su naturaleza no perjudiquen la salud del trabajador, con un máximo de dos horas por día (…)

Solo podrán pactarse horas extraordinarias para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa y los pactos a su respecto, que deberán constar por escrito, no podrán exceder de tres meses.

Dirección del Trabajo

¿Cómo calcularlas y cómo se pagan?

En primer lugar, para calcular el promedio de horas semanales en el ciclo (PHSC), se deberá observar el siguiente procedimiento:

  • Sumar el número de horas de trabajo en el ciclo (NHC). Por ejemplo, se deberá multiplicar el número de horas de la jornada diaria de trabajo por el número de días de trabajo del ciclo propuesto.
  • Dividir el número de horas trabajo en el ciclo (NHC) por el número de días del ciclo (NDC). Es decir, los días del ciclo son los días de trabajo más los días de descanso.
  • No obstante, cuando se trate de un sistema de ciclo compuesto, esto es, que el ciclo esté conformado por varios subciclos, se deberá utilizar como parámetro la totalidad de días de trabajo y descanso del ciclo. Así, para los efectos de determinar el número de días de trabajo y descansos del ciclo se deben sumar los días de trabajo y descansos de cada uno.
  • Multiplicar el factor resultante de la operación anterior por 7 (siete), para «semanalizar» la jornada, esto es para determinar el cumplimiento del máximo de 45 horas semanales.

De esta manera, la fórmula para calcular el promedio de horas semanales en el ciclo es la siguiente:

PHSC = (NHC / NDC) x 7

¿Cómo se contemplan entonces las horas extras en este sistema?

Para que se dé una jornada diaria de trabajo máxima de 12 horas, el tiempo máximo de jornada de trabajo efectiva, considerando las eventuales horas extraordinarias, no será superior a 11 horas y la permanencia máxima en el puesto de trabajo no superará las 12 horas continuas.

Además, para sumar las 12 horas de permanencia máxima en el lugar de trabajo, se considerará tanto la jornada ordinaria de trabajo como las eventuales horas extras y el descanso dentro de la jornada

En segundo lugar, para el cálculo del factor de horas extraordinarias (FHE), se debe utilizar el siguiente procedimiento:

  1. Se divide NHC por NDC, y el resultado se multiplica por 30, que es una constante de transformación del cociente al entero mensual.
  2. Luego la constante 1 se divide por el resultado obtenido de acuerdo al procedimiento indicado en a).
  3. El resultado obtenido en b), se multiplica por 1 más el % de recargo de la hora extraordinaria (% recargo/100).

El procedimiento indicado se puede expresar a través de la siguiente fórmula:

FHE = (1 / ((NHC / NDC) x 30)) x (1 + (% recargo / 100))

También existen cálculos que dan un recargo del 50% pero eso dependerá de los ciclos de trabajo.

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